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Se modifica el Real Decreto 244/2019, de 05-04-2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
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Se modifica el Real Decreto 244/2019, de 05-04-2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

Mediante la Orden TED/1247/2021 se persigue como objetivo permitir a los partícipes de una misma instalación de autoconsumo compartido repartirse de forma variable su producción, de forma que ésta pueda optimizarse. Este reparto, que podrá ser distinto a todas y cada una de las horas del año, será flexible y podrá modificarse cada cuatro meses, para ajustarse mejor a las pautas de consumo de los usuarios.

Mediante la Orden TED/1247/2021 se persigue como objetivo permitir a los partícipes de una misma instalación de autoconsumo compartido repartirse de forma variable su producción, de forma que ésta pueda optimizarse. Este reparto, que podrá ser distinto a todas y cada una de las horas del año, será flexible y podrá modificarse cada cuatro meses, para ajustarse mejor a las pautas de consumo de los usuarios.

 

La orden modifica el Anexo I del Real Decreto 244/2019, de 05-04-2019, e introduce coeficientes variables de reparto para la producción de la instalación de autoconsumo compartido. Hasta ahora, la normativa sólo contempla coeficientes de reparto fijos.

 

A partir de la publicación de la orden, el 16-11-2021, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia actualizará los formatos de los ficheros de intercambio de información entre comercializadoras y distribuidoras. Después de esta actualización, las compañías eléctricas dispondrán de un período de 4 meses para adaptar los sistemas de facturación.

 

Cuando el nuevo mecanismo esté en vigor, los usuarios de autoconsumo colectivo podrán establecer coeficientes de reparto distintos para cada hora del año, lo que permitirá optimizar el reparto de energía generada por la instalación, especialmente cuando los partícipes tengan pautas de consumo muy distintas durante el día, semana o durante el año, como puede ser el caso de edificios que combinen locales comerciales, oficinas y viviendas.

 

Los coeficientes variables deben establecerse antes de que se produzcan los consumos y se genere la energía, para evitar dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las diferentes comercializadoras y en la remisión de los datos a las mismas.

 

Modificación ex ante

 

Así, los coeficientes variables deben establecerse para cada hora del año y pueden cambiarse cada 4 meses. Se ha optado por una fórmula de modificación ex ante porque una fijación ex post podría suponer dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las diferentes comercializadoras y en las remisiones a las distintas comercializadoras de esa información.

 

Por no penalizar los consumos colectivos ya establecidos, se prevé que puedan adoptar el sistema de coeficientes variables, aunque no hayan transcurrido cuatro meses desde que iniciaron su autoconsumo.

 

En cualquier caso, se mantiene la posibilidad de utilizar coeficientes fijos para los autoconsumos colectivos que lo deseen.

Fechas: Entra en vigor el 17-11-2021.

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Se modifica el Real Decreto 244/2019, de 05-04-2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

Publicado: 8 de diciembre de 2021 · Categoría: Otro

Mediante la Orden TED/1247/2021 se persigue como objetivo permitir a los partícipes de una misma instalación de autoconsumo compartido repartirse de forma variable su producción, de forma que ésta pueda optimizarse. Este reparto, que podrá ser distinto a todas y cada una de las horas del año, será flexible y podrá modificarse cada cuatro meses, para ajustarse mejor a las pautas de consumo de los usuarios.

Mediante la Orden TED/1247/2021 se persigue como objetivo permitir a los partícipes de una misma instalación de autoconsumo compartido repartirse de forma variable su producción, de forma que ésta pueda optimizarse. Este reparto, que podrá ser distinto a todas y cada una de las horas del año, será flexible y podrá modificarse cada cuatro meses, para ajustarse mejor a las pautas de consumo de los usuarios.

 

La orden modifica el Anexo I del Real Decreto 244/2019, de 05-04-2019, e introduce coeficientes variables de reparto para la producción de la instalación de autoconsumo compartido. Hasta ahora, la normativa sólo contempla coeficientes de reparto fijos.

 

A partir de la publicación de la orden, el 16-11-2021, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia actualizará los formatos de los ficheros de intercambio de información entre comercializadoras y distribuidoras. Después de esta actualización, las compañías eléctricas dispondrán de un período de 4 meses para adaptar los sistemas de facturación.

 

Cuando el nuevo mecanismo esté en vigor, los usuarios de autoconsumo colectivo podrán establecer coeficientes de reparto distintos para cada hora del año, lo que permitirá optimizar el reparto de energía generada por la instalación, especialmente cuando los partícipes tengan pautas de consumo muy distintas durante el día, semana o durante el año, como puede ser el caso de edificios que combinen locales comerciales, oficinas y viviendas.

 

Los coeficientes variables deben establecerse antes de que se produzcan los consumos y se genere la energía, para evitar dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las diferentes comercializadoras y en la remisión de los datos a las mismas.

 

Modificación ex ante

 

Así, los coeficientes variables deben establecerse para cada hora del año y pueden cambiarse cada 4 meses. Se ha optado por una fórmula de modificación ex ante porque una fijación ex post podría suponer dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las diferentes comercializadoras y en las remisiones a las distintas comercializadoras de esa información.

 

Por no penalizar los consumos colectivos ya establecidos, se prevé que puedan adoptar el sistema de coeficientes variables, aunque no hayan transcurrido cuatro meses desde que iniciaron su autoconsumo.

 

En cualquier caso, se mantiene la posibilidad de utilizar coeficientes fijos para los autoconsumos colectivos que lo deseen.

Fechas: Entra en vigor el 17-11-2021.

De este documento

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 274 Martes 16 de noviembre de 2021 Sec. I. Pág. 141114 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 18706 Orden TED/1247/2021, de 15 de noviembre, por la que se modifica, para la implementación de coeficientes de reparto variables en autoconsumo colectivo, el anexo I del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. I El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, realizó una modificación profunda en la regulación del autoconsumo en España con el fin de que los consumidores, productores, y la sociedad en su conjunto, puedan beneficiarse de las ventajas que puede acarrear esta actividad, en términos de menores necesidades de red, mayor independencia energética y menores emisiones de gases de efecto invernadero. Con base en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, donde se definen las bases del autoconsumo de energía eléctrica, entendido como el consumo por parte de uno o varios consumidores de energía eléctrica proveniente de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los mismos, se ha aprobó el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. El citado...

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