Ir al contenido
Se establece, en Madrid, el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras.
Voltimum

Se establece, en Madrid, el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras.

Madrid-Instalaciones de gas

Voltimum

Se establece, en Madrid, el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras.

Publicado: 1 de mayo de 2019 · Categoría: Otro

Madrid-Instalaciones de gas

De este documento

BOCM Pág. 20 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 8 DE ABRIL DE 2019 B.O.C.M. Núm. 83 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Economía, Empleo y Hacienda DECRETO 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras. La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, establece en su artículo 91.3 que las Comunidades Autónomas, respecto a los distribuidores que desarrollen su actividad en su ámbito territorial, establecerán el régimen económico de los derechos de alta, así como los demás costes derivados de los servicios necesarios para atender los requerimientos de suministro de los usuarios. La Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, modificó el régimen de control de las instalaciones receptoras de gases combustibles, en concreto, en su artículo 46.6, se atribuyen más obligaciones a los operadores al por mayor de gases licuados del petróleo (GLP) y se modifican las atribuidas a los distribuidores de gas natural en el artículo 74.1.p. El Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el mercado organizado de gas y el...

Abrir el PDF