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Se aprueba el nuevo formato de etiquetado de la electricidad
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Se aprueba el nuevo formato de etiquetado de la electricidad

Mediante Resolución 30-11-2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre el formato del etiquetado de la electricidad, se aprueba, en desarrollo de lo previsto en el anexo II de la Circular 2/2021, de 10-02-2021, el formato de etiquetado de la electricidad recogido en el anexo a esta resolución, que las comercializadoras habrán de incluir en sus facturas para informar sobre el origen e impacto ambiental de la electricidad consumida.

Este formato está disponible en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (www.cnmc.es).

 

Geográfico: España

 

Fechas: El formato de etiquetado debe ser empleado por las comercializadoras a partir del mes de abril de 2022 en relación con la energía producida a partir del 01-01-2021.

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Se aprueba el nuevo formato de etiquetado de la electricidad

Publicado: 24 de enero de 2022 · Categoría: Normas y Reglamento

Mediante Resolución 30-11-2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre el formato del etiquetado de la electricidad, se aprueba, en desarrollo de lo previsto en el anexo II de la Circular 2/2021, de 10-02-2021, el formato de etiquetado de la electricidad recogido en el anexo a esta resolución, que las comercializadoras habrán de incluir en sus facturas para informar sobre el origen e impacto ambiental de la electricidad consumida.

Este formato está disponible en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (www.cnmc.es).

 

Geográfico: España

 

Fechas: El formato de etiquetado debe ser empleado por las comercializadoras a partir del mes de abril de 2022 en relación con la energía producida a partir del 01-01-2021.

De este documento

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 297 Lunes 13 de diciembre de 2021 Sec. III. Pág. 152981 III. OTRAS DISPOSICIONES COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA 20574 Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre el formato del etiquetado de la electricidad. De acuerdo con la Circular 2/2021, de 10 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones del etiquetado de la electricidad para informar sobre el origen de la electricidad consumida y su impacto sobre el medio ambiente, la Sala de Supervisión Regulatoria acuerda lo siguiente: El artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, establece un sistema de información según el cual toda empresa comercializadora que venda electricidad a clientes finales deberá indicar en sus facturas –o junto a ellas, y en la documentación promocional puesta a disposición de los mismos– la contribución de cada fuente energética primaria en el conjunto de la energía eléctrica suministrada por la empresa comercializadora durante el año anterior (o el previo al anterior, en las facturas emitidas durante los meses de enero a marzo), así como su impacto ambiental asociado, según la información publicada por la entonces Comisión Nacional...

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