Resolución 30-10-2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fija el precio medio de la energía a aplicar en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad
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Resolución 30-10-2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fija el precio medio de la energía a aplicar en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad

Resolución 30-10-2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fija el precio medio de la energía a aplicar en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad prestado por los consumidores de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares a los que resulta de aplicación la Orden ITC/2370/2007, de 26-07-2007, durante el cuarto trimestre de 2021

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Resolución 30-10-2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fija el precio medio de la energía a aplicar en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad

Publicado: 8 de diciembre de 2021 · Categoría: Otro

Resolución 30-10-2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fija el precio medio de la energía a aplicar en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad prestado por los consumidores de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares a los que resulta de aplicación la Orden ITC/2370/2007, de 26-07-2007, durante el cuarto trimestre de 2021

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BOLETN OFICIAL DEL ESTADO Nm. 265 Viernes 5 de noviembre de 2021 Sec. III. Pg. 134957 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO PARA LA TRANSICIN ECOLGICA Y EL RETO DEMOGRFICO Resolucin de 30 de octubre de 2021, de la Direccin General de Poltica Energtica y Minas, por la que se fija el precio medio de la energa a aplicar en el clculo de la retribucin del servicio de gestin de la demanda de interrumpibilidad prestado por los consumidores de los sistemas elctricos de los territorios no peninsulares a los que resulta de aplicacin la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, durante el cuarto trimestre de 2021. La Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, regula el servicio de gestin de demanda de interrumpibilidad para los consumidores que se encuentran ubicados en los sistemas elctricos de los territorios no peninsulares, de acuerdo con lo establecido en la disposicin transitoria primera de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignacin del servicio de gestin de la demanda de interrumpibilidad. En el artculo 6 de la referida orden, se establece la metodologa para el clculo de la retribucin anual del servicio de interrumpibilidad, en funcin del importe correspondiente a la facturacin anual equivalente de la energa. En el importe correspondiente a la facturacin anual equivalente de la energa interviene el denominado Peh, definido como el precio medio de la energa expresado en euros por MWh, con dos decimales, correspondiente al trimestre h....

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