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Requisitos de seguridad del motor de los ciclomotores eléctricos, motocicicletas eléctricas y quads eléctricos.
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Requisitos de seguridad del motor de los ciclomotores eléctricos, motocicicletas eléctricas y quads eléctricos.
Publicado: 1 de agosto de 2019 · Categoría: Normas y Reglamento
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L 176/80 Diario Oficial de la Unin Europea ES 1.7.2019 ACTOS ADOPTADOS POR RGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES Solo los textos originales de la CEPE surten efectos jurdicos con arreglo al Derecho internacional pblico. La situacin y la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento deben consultarse en la ltima versin del documento de situacin CEPE TRANS/WP.29/343, disponible en: http://www.unece.org/trans/main/wp29/wp29wgs/wp29gen/wp29fdocstts.html Reglamento n.o 136 de la Comisin Econmica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE/ONU). Disposiciones uniformes relativas a la homologacin de vehculos de la categora L en relacin con los requisitos especficos del grupo motopropulsor elctrico [2019/1120] Incluye todo texto vlido hasta: la versin original del Reglamento. Fecha de entrada en vigor: 20 de enero de 2016 NDICE REGLAMENTO 1. mbito de aplicacin 2. Definiciones 3. Solicitud de homologacin 4. Homologacin 5. Parte I: Requisitos de un vehculo por lo que respecta a su seguridad elctrica 6. Parte II: Requisitos de un sistema de acumulacin de energa elctrica recargable (REESS) por lo que se refiere a su seguridad 7. Modificaciones y ampliacin de la homologacin de tipo 8. Conformidad de la produccin 9. Sanciones por la falta de conformidad de la produccin 10. Cese definitivo de la produccin 11. Nombres y direcciones de los servicios tcnicos responsables de realizar los ensayos de homologacin y de las autoridades de homologacin de tipo ANEXOS 1 Parte 1: Notificacin...
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