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Parte 2. Se establece, en Madrid, el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras.
Voltimum

Parte 2. Se establece, en Madrid, el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras.

Instalaciones gas - Madrid

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Parte 2. Se establece, en Madrid, el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras.

Publicado: 2 de mayo de 2019 · Categoría: Otro

Instalaciones gas - Madrid

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 90 MARTES 16 DE ABRIL DE 2019 Pág. 27 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Economía, Empleo y Hacienda 3 CORRECCIÓN de errores del Decreto 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras. Con fecha 8 de abril de 2019, se ha publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (número 83) el Decreto 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno por el que se desarrolla el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras. Tras esa publicación se ha advertido el siguiente error material en el texto publicado: — En el artículo 11.1.a) se incluyen dos tablas, la primera de ellas que hace mención a instalaciones con potencia instalada igual o inferior a 70 kW (≤70 kW) y la segunda de ellas que, por error, se refiere a instalaciones con potencia instalada inferior a 70 kW (70 kW). Por lo anteriormente expuesto se acometen las actuaciones necesarias para subsanar el error descrito, de manera que la redacción del citado apartado queda como se indica a continuación: a) Gas natural. Presión de suministro < 5 bar Potencia instalada 70 kW Precio...

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