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Nueva instrucción para la inspección de las instalaciones de protección activa contra incendios en Galicia.
Voltimum

Nueva instrucción para la inspección de las instalaciones de protección activa contra incendios en Galicia.

Documento oficial

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Nueva instrucción para la inspección de las instalaciones de protección activa contra incendios en Galicia.

Publicado: 7 de agosto de 2019 · Categoría: Normas y Reglamento

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De este documento

DOG Núm. 124 Martes, 2 de julio de 2019 Pág. 31042 III. Otras disposiciones Consellería de Economía, Empleo e Industria INSTRUCCIÓN 2/2019, de 17 de junio, de la Dirección General de Energía y Minas, sobre las inspecciones periódicas por un organismo de control de las instalaciones de protección activa contra incendios en establecimientos no industriales. El Real decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, establece en su artículo 22 que en los casos en los que la inspección de las instalaciones de protección activa contra incendios no esté regulada por reglamentación específica, los titulares de las mismas deberán solicitar, por lo menos cada diez años, a un organismo de control acreditado, la inspección de sus instalaciones de protección activa contra incendios. Debido a las dudas existentes en el sector sobre la correcta interpretación de esta obligación, se dicta la presente instrucción: 1. Tienen la obligación de realizar inspección periódica por organismo de control acreditado, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 del Real decreto 513/2017, de 22 de mayo, todas las instalaciones de protección activa contra incendios en establecimientos no industriales cuya inspección no esté regulada por reglamentación específica, con las excepciones establecidas en su apartado 2. Esta obligación es extensible además a las instalaciones de protección activa contra incendios en establecimientos industriales...

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