Instrucción 4/2018 de la dirección general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, sobre los requisitos, el procedimiento para su autorización y las obligaciones que deben cumplir las entidades que actúan en Cataluña como centros de formación en materia
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Instrucción 4/2018 de la dirección general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, sobre los requisitos, el procedimiento para su autorización y las obligaciones que deben cumplir las entidades que actúan en Cataluña como centros de formación en materia

El Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, aprueba el Reglamento de las instalaciones contra incendios y deroga el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, que se mantuvo vigente hasta el 12 de diciembre de 2017

Los artículos 10 y 15 del Real Decreto 513/2017 fijan respectivamente, los requisitos que deben cumplir las entidades que desean habilitarse como empresas instaladoras y mantenedoras de instalaciones de contra incendios, mientras que los artículos 11 y 16 de este Real decreto describen los correspondientes procedimientos de habilitación. Igualmente, los artículos 12 y 17 del citado Real Decreto 513/2017 recogen las obligaciones de dichas empresas.
Por otra parte, los apartados 1 b), de los artículos 10 y 15, del Real Decreto 513/2017, marcan la obligación de disponer de personal contratado con una formación y / o experiencia adecuada al nivel de actividad requerido en materia de instalación y mantenimiento de los sistemas de contra incendios previstos en el Real decreto. Los apartados referidos también remiten al anexo III del Real Decreto para una descripción más detallada. El apartado 3 c) de este anexo prevé cinco vías para acreditar la cualificación del personal por 14 de los sistemas incluidos en el anexo I del Real Decreto (identificativos 1 a 13 y sistemas de señalización luminiscente).
La cuarta vía de acreditación de la calificación prevé la posibilidad de que los operarios realicen y superen un curso de formación específico sobre las materias en que se quieran acreditar. Esta formación debe ser impartida por entidades habilitadas por el órgano competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma.
Por último, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ha publicado una guía técnica de aplicación que desarrolla el Real Decreto. El anexo C de esta guía contempla el contenido mínimo de los cursos de formación en materia de protección contra incendios.
En este contexto y para dar seguridad jurídica a los agentes, se publica esta instrucción en la que se fijan los criterios que el órgano competente en materia de seguridad industrial debe aplicar con el fin de habilitar los centros de formación en materia de instalación instalación y mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios en Cataluña.

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Instrucción 4/2018 de la dirección general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, sobre los requisitos, el procedimiento para su autorización y las obligaciones que deben cumplir las entidades que actúan en Cataluña como centros de formación en materia

Publicado: 14 de octubre de 2019 · Categoría: Normas y Reglamento

El Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, aprueba el Reglamento de las instalaciones contra incendios y deroga el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, que se mantuvo vigente hasta el 12 de diciembre de 2017

Los artículos 10 y 15 del Real Decreto 513/2017 fijan respectivamente, los requisitos que deben cumplir las entidades que desean habilitarse como empresas instaladoras y mantenedoras de instalaciones de contra incendios, mientras que los artículos 11 y 16 de este Real decreto describen los correspondientes procedimientos de habilitación. Igualmente, los artículos 12 y 17 del citado Real Decreto 513/2017 recogen las obligaciones de dichas empresas.
Por otra parte, los apartados 1 b), de los artículos 10 y 15, del Real Decreto 513/2017, marcan la obligación de disponer de personal contratado con una formación y / o experiencia adecuada al nivel de actividad requerido en materia de instalación y mantenimiento de los sistemas de contra incendios previstos en el Real decreto. Los apartados referidos también remiten al anexo III del Real Decreto para una descripción más detallada. El apartado 3 c) de este anexo prevé cinco vías para acreditar la cualificación del personal por 14 de los sistemas incluidos en el anexo I del Real Decreto (identificativos 1 a 13 y sistemas de señalización luminiscente).
La cuarta vía de acreditación de la calificación prevé la posibilidad de que los operarios realicen y superen un curso de formación específico sobre las materias en que se quieran acreditar. Esta formación debe ser impartida por entidades habilitadas por el órgano competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma.
Por último, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ha publicado una guía técnica de aplicación que desarrolla el Real Decreto. El anexo C de esta guía contempla el contenido mínimo de los cursos de formación en materia de protección contra incendios.
En este contexto y para dar seguridad jurídica a los agentes, se publica esta instrucción en la que se fijan los criterios que el órgano competente en materia de seguridad industrial debe aplicar con el fin de habilitar los centros de formación en materia de instalación instalación y mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios en Cataluña.

De este documento

Generalitat de Catalunya Departament dEmpresa i Coneixement Direcci General dEnergia, Mines i Seguretat Industrial Instrucci 4/2018 de la direcci general dEnergia, Mines i Seguretat Industrial, sobre els requisits, el procediment per a la seva autoritzaci i les obligacions que han de complir les entitats que actuen a Catalunya com a centres de formaci en matria dinstallacions de protecci de contra incendis. El Reial decret 513/2017, de 22 de maig, aprova el Reglament de les installacions contra incendis i deroga el Reial decret 1942/1993, de 5 de novembre, que es va mantenir vigent fins el 12 de desembre de 2017. Els articles 10 i 15 del Reial decret 513/2017 fixen respectivament, els requisits que han de complir les entitats que desitgen habilitar-se com empreses installadores i mantenidores dinstallacions de contra incendis, mentre que els articles 11 i 16 daquest Reial decret descriuen els corresponents procediments dhabilitaci. Igualment, els articles 12 i 17 de lesmentat Reial decret 513/2017 recullen les obligacions de les dites empreses. Per altra banda, els apartats 1 b), dels articles 10 i 15, del Reial decret 513/2017, marquen lobligaci de disposar de personal contractat amb una formaci i/o experincia adequada al nivell dactivitat requerit en matria dinstallaci i manteniment dels sistemes de contra incendis previstos en el Reial decret. Els apartats referits tamb remeten a lannex III del Reial decret per una descripci ms detallada. Lapartat 3 c) daquest annex preveu...

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