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DECRETO 210/2019, de 25 de septiembre, por el que se determina el órgano competente para ejercer en Cataluña las funciones relativas al control de la comercialización de equipos de refrigeración cargados con gases fluorados, de acuerdo con el artículo 9.8
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DECRETO 210/2019, de 25 de septiembre, por el que se determina el órgano competente para ejercer en Cataluña las funciones relativas al control de la comercialización de equipos de refrigeración cargados con gases fluorados, de acuerdo con el artículo 9.8

El artículo 46 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que los poderes públicos tienen que velar por la protección del medio ambiente por medio de la adopción de políticas públicas basadas en el desarrollo sostenible y la solidaridad colectiva e intergeneracional y el artículo 144 establece que corresponden a la Generalidad la competencia compartida en materia de medio ambiente y la competencia para el establecimiento de normas adicionales de protección. Desde el punto de vista organizativo, tanto el artículo 150 del Estatuto de autonomía de Cataluña como el artículo 4 de la Ley 13/1989, de 13 de junio, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalidad, establecen la competencia de autoorganización de la administración de la Generalidad.

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DECRETO 210/2019, de 25 de septiembre, por el que se determina el órgano competente para ejercer en Cataluña las funciones relativas al control de la comercialización de equipos de refrigeración cargados con gases fluorados, de acuerdo con el artículo 9.8

Publicado: 14 de octubre de 2019 · Categoría: Otro

El artículo 46 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que los poderes públicos tienen que velar por la protección del medio ambiente por medio de la adopción de políticas públicas basadas en el desarrollo sostenible y la solidaridad colectiva e intergeneracional y el artículo 144 establece que corresponden a la Generalidad la competencia compartida en materia de medio ambiente y la competencia para el establecimiento de normas adicionales de protección. Desde el punto de vista organizativo, tanto el artículo 150 del Estatuto de autonomía de Cataluña como el artículo 4 de la Ley 13/1989, de 13 de junio, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalidad, establecen la competencia de autoorganización de la administración de la Generalidad.

De este documento

1/3 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Núm. 7969 - 27.9.2019 CVE-DOGC-B-19268036-2019 DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD DECRETO 210/2019, de 25 de septiembre, por el que se determina el órgano competente para ejercer en Cataluña las funciones relativas al control de la comercialización de equipos de refrigeración cargados con gases fluorados, de acuerdo con el artículo 9.8 del Real decreto 115/2017, de 17 de febrero, y se establecen aspectos instrumentales para el cumplimiento de las obligaciones que el precepto citado establece. El artículo 46 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que los poderes públicos tienen que velar por la protección del medio ambiente por medio de la adopción de políticas públicas basadas en el desarrollo sostenible y la solidaridad colectiva e intergeneracional y el artículo 144 establece que corresponden a la Generalidad la competencia compartida en materia de medio ambiente y la competencia para el establecimiento de normas adicionales de protección. Desde el punto de vista organizativo, tanto el artículo 150 del Estatuto de autonomía de Cataluña como el artículo 4 de la Ley 13/1989, de 13 de junio, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalidad, establecen la competencia de autoorganización de la administración de la Generalidad. El artículo 11.5 del Reglamento (UE) núm.517/2014, del Parlamento europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases...

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