BOE: Precios del producto e impuestos especiales aplicables a la hulla, fuel oil, diesel oil, y gasoil del primer semestre de 2021, a aplicar en la liquidación de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.
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BOE: Precios del producto e impuestos especiales aplicables a la hulla, fuel oil, diesel oil, y gasoil del primer semestre de 2021, a aplicar en la liquidación de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.

Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios del producto e impuestos especiales aplicables a la hulla, fuel oil, diesel oil, y gasoil del primer semestre de 2021, a aplicar en la liquidación de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.

El Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
La disposición transitoria tercera del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, establece la determinación del precio de combustible hasta la entrada en vigor de la orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en la que se definan los componentes del precio de cada uno de los combustibles fósiles utilizados y la metodología para la determinación de dicho precio definida en el artículo 40.5 del real decreto. (Ver PDF) 

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BOE: Precios del producto e impuestos especiales aplicables a la hulla, fuel oil, diesel oil, y gasoil del primer semestre de 2021, a aplicar en la liquidación de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.

Publicado: 20 de septiembre de 2021 · Categoría: Normas y Reglamento

Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios del producto e impuestos especiales aplicables a la hulla, fuel oil, diesel oil, y gasoil del primer semestre de 2021, a aplicar en la liquidación de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.

El Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
La disposición transitoria tercera del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, establece la determinación del precio de combustible hasta la entrada en vigor de la orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en la que se definan los componentes del precio de cada uno de los combustibles fósiles utilizados y la metodología para la determinación de dicho precio definida en el artículo 40.5 del real decreto. (Ver PDF) 

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BOLETN OFICIAL DEL ESTADO Nm. 193 Viernes 13 de agosto de 2021 Sec. I. Pg. 100345 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO PARA LA TRANSICIN ECOLGICA Y EL RETO DEMOGRFICO Resolucin de 4 de agosto de 2021, de la Direccin General de Poltica Energtica y Minas, por la que se fijan los precios del producto e impuestos especiales aplicables a la hulla, fuel oil, diesel oil, y gasoil del primer semestre de 2021, a aplicar en la liquidacin de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares. El Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, regula la actividad de produccin de energa elctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas elctricos de los territorios no peninsulares. La disposicin transitoria tercera del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, establece la determinacin del precio de combustible hasta la entrada en vigor de la orden de la Ministra para la Transicin Ecolgica y el Reto Demogrfico en la que se definan los componentes del precio de cada uno de los combustibles fsiles utilizados y la metodologa para la determinacin de dicho precio definida en el artculo 40.5 del real decreto. De este modo, la disposicin transitoria tercera en su apartado 3.1, establece que el precio del combustible se calcular como la suma del precio del producto y la retribucin por costes de logstica, a excepcin del gas natural, cuyo precio se calcular de acuerdo con el mtodo establecido en la Orden ITC/1559/2010, de 11 de junio, por la que se regulan diferentes...

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