Selección de distribuidor

Selecciona el distribuidor que deseas usar para tu carrito de compras.

Distribuidor

Los organismos de control (OCA) ante el nuevo Reglamento Electrotecnico para Baja Tensión

Publicado: 2 de diciembre de 2004 Categoría: Noticias del sector eléctrico

La entrada en vigor el pasado 17 de Septiembre del nuevo Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.D. 842/2.002), tras casi 30 años de vigencia del anterior, ha supuesto muchos e importantes cambios en las instalaciones eléctricas...

La entrada en vigor el pasado 17 de Septiembre del nuevo Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.D. 842/2.002), tras casi 30 años de vigencia del anterior, ha supuesto muchos e importantes cambios en las instalaciones eléctricas y uno de estos cambios ha sido la prescripción de realizar inspecciones iniciales (previas a la puesta en marcha) con el fin de asegurar que la puesta en servicio se realice sobre unas instalaciones adecuadas y fiables, e inspecciones periódicas (al menos cada 5 años) a fin de asegurar el cumplimiento reglamentario a lo largo de la vida de dichas instalaciones. Estas inspecciones deberán ser realizadas por parte de un Organismo de Control Autorizado en aquellas instalaciones eléctricas que por sus características entrañan mayor riesgo.

 
ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADOS

Los organismos de control son entidades que se constituyen con la finalidad de verificar el cumplimiento de carácter obligatorio de las condiciones de seguridad de productos e instalaciones industriales, establecidas por los Reglamentos de Seguridad Industrial, mediante certificación, ensayo, inspección o auditoría.

Para poder ser autorizados a ejercer sus actividades, los organismos de control precisarán de su acreditación previa por una entidad de acreditación, y además deberán asegurar su imparcialidad, independencia e integridad. Las actividades de la entidad y de su personal son incompatibles con cualquier vinculación técnica, comercial, financiera o de cualquier otro tipo que pudiera afectar a su independencia e influenciar el resultado de sus actividades.

LEY 21/1992, DE INDUSTRIA

La entrada en juego de los Organismos de Control para la realización de inspecciones eléctricas de baja tensión, aunque pueda parecer novedosa, en otros tipos de instalaciones tiene muchos años de vigencia. Los Organismos de Control como tales tienen su origen en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, anteriormente se denominaban Entidades de inspección y control reglamentario (ENICRE) y antes Entidades colaboradoras de la administración (ECA).

La Ley de Industria, establece el nuevo marco jurídico en el que se desenvuelve la reglamentación sobre seguridad industrial.

Se establece un cuadro de inspecciones por organismos de control, en el caso de instalaciones cuya seguridad ofrece particular relevancia, sin obviar que los titulares de las mismas deben mantenerlas en buen estado.

Fig.1: Instalaciones que precisan inspección OCA

En cuanto a las actuaciones de los organismos de control se refiere, estos deberán asegurarse de que las condiciones de seguridad de las instalaciones, productos, equipos o procesos a evaluar cumplen los requisitos establecidos en los reglamentos.

Si la evaluación es positiva, deberán emitir el acta, informe o certificado correspondiente indicando el plazo para la corrección si procede.

Fig.2: Metodología inspección OCA

ATISAE, Organismo de Control Autorizado fundado en el año 1964, independiente de grupos empresariales y financieros, y con una estructura humana y de medios técnicos que la sitúan como líder en España dentro de las empresas de servicios en el campo de la Gestión de Calidad, la Seguridad y el Medio Ambiente, considera que el nuevo Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión es un reglamento muy innovador, el cual recoge el espíritu de la Ley de Industria y marca la referencia de lo que serán los futuros reglamentos de seguridad industrial, en el que destaca la visión de la seguridad como un objetivo global para crear un entorno fiable y duradero, los materiales y equipos que se empleen, por un lado, y las instalaciones, por otro, no solo han de proyectarse y construirse con seguridad, han de ser utilizadas, mantenidas e inspeccionadas con regularidad para que sean seguras durante su vida útil.