Mediante la Orden TED/749/2020 se establecen los requisitos técnicos para la conexión a la red de las instalaciones de generación de electricidad, de las instalaciones de demanda, de los sistemas de alta tensión en corriente continua y de los módulos de parque eléctrico conectados en corriente continua.
Lo dispuesto en esta orden es de aplicación a:
- Los módulos de generación de electricidad incluidos dentro del ámbito de aplicación del Reglamento UE 2016/631 (incluidas las instalaciones de generación vinculadas a alguna de las modalidades de autoconsumo a las que se refiere el citado Real Decreto 244/2019).
- Las instalaciones de demanda, las instalaciones de distribución, las redes de distribución y las unidades de demanda incluidas dentro del ámbito de aplicación del Reglamento UE 2016/1388.
- Los sistemas de alta tensión en corriente continua y los módulos de parque eléctrico conectados en corriente continua incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento UE 2016/1447.
La aplicación de esta orden a instalaciones existentes estará sujeta a las normas que al respecto recoge el citado Real Decreto 647/2020.
También, se introducen algunas modificaciones de la "Orden IET/2013/2013, de 31-10-2013, por la que se regula el mecanismo competitivas de asignación del Servicio de Gestión de la demanda de interrumpibilidad", necesarias como consecuencia de la entrada en vigor de los códigos de red de conexión.
Geográfico: España
Fechas: Entra en vigor el 02-08-2020.