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Nota informativa de la dirección general de industria sobre las instalaciones de autoconsumo

Publicado: 13 de diciembre de 2018 Categoría: Artículos técnicos

Tras la publicación y entrada en vigor del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, la normativa aplicable a las instalaciones de generación de energía eléctrica, y en particular las destinadas al autoconsumo, ha sufrido modificaciones importantes que alteran entre otros aspectos el régimen de puesta en servicio. Por ello se hace necesario establecer indicaciones claras para la tramitación de estas instalaciones en la Comunidad de Madrid.

Nota informativa de la dirección general de industria sobre las instalaciones de autoconsumo

El artículo publicado el 22 de Noviembre refleja las modalidades de autoconsumo (tipo 1 y 2), documentación a presentar en ambos casos, condiciones técnicas de las instalaciones, inscripción en los correspondientes registros administrativos y el resumen de las condiciones para la configuración y puesta en servicios de estas  modalidades de autoconsumo.

 

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