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La gran diferencia de intensidad admisible en instalaciones enterradas entre la versión actual de la norma UNE 20460-5-523 (nov 2004) y la anterior

Publicado: 19 de enero de 2006 Categoría: Artículos técnicos

En noviembre de 2004 se publicó la última versión de la UNE 20460-5-523 y que por tanto está en vigor, anulando y sustituyendo la anterior que databa de 1994.

Queremos hacer notar la especial importancia de actualizarse en la aplicación de esta norma. Contempla ahora las intensidades admisibles y factores de corrección para instalaciones subterráneas interiores o receptoras, es decir todas las instalaciones enterradas que no sean redes de distribución. Destinando la UNE 20435 (extraída en parte en la ITC-BT 07) únicamente para las citadas redes de distribución subterráneas.

Para el caso de las instalaciones interiores o receptoras enterradas tiene especial relevancia el nuevo valor estándar de referencia para la resistividad del terreno, pasa de ser 1 a 2,5 K m / W (¡un 150 % más!) y por tanto las intensidades admisibles de los cables han disminuido notablemente. Así las tablas de carga reducen las intensidades admisibles de los cables directamente enterrados aproximadamente un 40 %. Lo que quiere decir que se puede cometer un gran error si se aplica el método antiguo. Lo que quiere decir que se puede cometer un gran error si se aplica el método antiguo. Por ejemplo si tenemos una intensidad de 155 A resultado de nuestros cálculos, con la metodología anterior tendríamos que elegir la sección de 25 mm² de Cu (160 A máx.) y ahora nos debemos ir a 70 mm² de Cu (170 A máx.). Le recomendamos que lo compruebe usted mismo.

En la siguiente tabla se pueden ver algunos valores antiguos y actuales de intensidades admisibles en amperios para el caso de 3 cables unipolares cargados (termoestables, tipo XLPE por ejemplo RV o RV-K) directamente enterrados:

 

 

Sección (en mm²)

 

 

10

25

50

70

95

150

240

Cu

Actual

58

96

138

170

202

260

336

Antigua

96

160

230

280

335

425

550

 

Al

Actual

45

74

107

132

157

201

261

Antigua

-

125

180

220

260

330

430