¿Por qué es conveniente conocer el consumo de energía de los productos de iluminación?
La capacidad del consumidor de decidir con conocimiento de causa, sobre la compra de productos relacionados con la energía, es un factor más de mejora de la eficiencia energética y beneficia a la economía de la Unión Europea en general.
Pero para poder decidir con conocimiento de causa, es necesario que los datos que se indican en las etiquetas sean comprensibles y que faciliten la comparación de estos productos.
Para poder comparar bombillas de diferente tecnología es más aconsejable conocer la cantidad de luz que produce la lámpara.
¿Lúmenes o vatios?
Los vatios se usan para medir la potencia de una lámpara (la electricidad que consume), lo que no es lo mismo que la cantidad de luz que produce la lámpara, que se mide en lúmenes.
Antes la mayoría de las bombillas disponibles eran bombillas incandescentes convencionales, las cuales siempre usaban la misma potencia para producir una determinada cantidad de luz, por lo que podía hablarse de lámparas de 25 W, 40 W, 60 W, 75 W, 100 W, etc.
En la actualidad, puede obtenerse la misma cantidad de luz (alrededor de 750 lúmenes) con una bombilla incandescente que consume 60 W, con una bombilla halógena que consume 42 W o con una lámpara fluorescente compacta que consume 15 W.
Próximamente las bombillas incandescentes pasarán a retirarse gradualmente, de acuerdo con lo establecido por la reglamentación de eficiencia energética en la iluminación, proceso, que concluirá en 2012, los consumidores se encontrarán con lámparas con todo tipo de voltajes a los que no están habituados y que no podrán compararse entre sí.
La medición del rendimiento de una lámpara en lúmenes permite comparar directamente la cantidad de luz, en lugar de basarse en la potencia en vatios para comparar lámparas con una eficiencia energética diferente.
¿Qué medidas legales ha desarrollado la Unión Europea para conseguir este objetivo?
La Unión Europea ya estableció el año 1992 la obligación de indicar el consumo de energía y de otros recursos de los aparatos domésticos, por medio del etiquetado y de una información uniforme sobre los productos.
Posteriormente el año 1998 se publicó una Directiva que obligaba a indicar el rendimiento de la mayoría de las bombillas comercializadas en la UE según la conocida escala europea de clases energéticas de la A a la G. En dicha escala, las bombillas fluorescentes compactas pertenecen a la clase A y las bombillas incandescentes mejoradas a las clases C o B.
Recientemente se ha publicado un proyecto de Directiva relativa a la indicación del consumo de energía que substituirá la Directiva del año 1992. Entre otros aspectos que contempla este proyecto cabe destacar los siguientes:
- No limitar el ámbito de aplicación a los aparatos domésticos.
- Complementar los requisitos ya establecidos en la reglamentación relativa a la eficiencia energética en la iluminación.
- Basarse en la etiqueta actual, con las clases A a G, permitiendo al mismo tiempo la inclusión de tres clases más y disponiendo una indicación clara de los distintos colores de la etiqueta.
- Disponer la obligatoriedad de hacer constar la clase de eficiencia energética en toda la publicidad en la que se divulgue información en relación con la energía o el precio.
- Establecer la posibilidad de que los Estados miembros exijan en los contratos públicos que se adquieran únicamente productos que cumplan los criterios de eficiencia energética.
¿Cómo afectan las medidas relativas a la indicación del consumo a los productos de iluminación?
De hecho, ya desde 1998 es obligatorio indicar los lúmenes en el embalaje de las lámparas que llevan la etiqueta energética de la Unión Europea, por lo que esta información no es nueva.
A partir de 2010 seguirá siendo obligatorio indicar los vatios, y el único cambio será que los lúmenes tendrán que indicarse en un tamaño de letra mayor que los vatios.
Esto se hace para ir acostumbrando a la gente a comparar las lámparas según su verdadero rendimiento (la cantidad de luz que emiten) y no según su potencia en vatios, que ha pasado a ser un método complicado y poco fiable para comparar lámparas con una eficiencia energética diferente.
¿Qué normativa se ha publicado?
La normativa relativa a estas medidas es la siguiente:
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Directiva 2010/30/UE, de 19-05-2010, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía, mediante el etiquetado y una información normalizada. (refundición). UNION EUROPEA. DOUE.L-153. 18-06-2010
Esta Directiva derogará la Directiva 92/75/CEE a partir del 21-07-2011 -
Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21-10-2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía. UNION EUROPEA. DOUE.L-285. 31-10-2009.
Esta Directiva deroga la Directiva 2005/32/CE. -
Directiva 2005/32/CE de 06-07-2005 por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos que utilizan energía y por la que se modifica la Directiva 92/42/CEE y las Directivas 96/57/CE y Directiva 2000/55/CE. UNION EUROPEA. DOUE.L-191. 22-07-2005
Esta Directiva ha quedado derogada a partir del 20-11-2009 por la Directiva 2009/125/CE, de 21-10-2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía. DOUE.L-285. 31-10-2009. -
Real Decreto 1369/2007, de 19-10-2007, relativo al establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos que utilizan energía. ESPAÑA. BOE.Nº 254. 23-10-2007.
Este Real Decreto transpone la Directiva 2005/32/CE. -
Directiva 98/11/CE, de la Comisión de 27-01-1998, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 92/75/CEE del Consejo, en lo que respecta al etiquetado energético de las lámparas de uso doméstico. DOCE.L-71. 10-03-1998.
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Real Decreto 284/1999, de 22-02, por el que se regula el etiquetado energético de las lámparas de uso doméstico. BOE.Nº 53. 03-03-1999.
Este Real Decreto transpone la Directiva 98/11/CE. -
Directiva 92/75/CEE, del Consejo de 22-09-1992, relativa a la indicación del consumo de energía y de otros recursos de los aparatos domésticos, por medio del etiquetado y de una información uniforme sobre los productos. DOCE.L-297. 13-10-1992.
