La eficiencia energética en la edificación

Publicado: 15 de julio de 2010 Categoría: Artículos técnicos

¿Por qué es necesario incrementar la eficiencia energética en la edificación?

La eficiencia energética en la edificación

El consumo de energía en los edificios residenciales y comerciales representa aproximadamente el 40% del consumo total de energía final y el 36% de las emisiones totales de CO2 de la Unión Europea.

Por ello la Comisión estima que es posible realizar ahorros importantes y contribuir de este modo a alcanzar los objetivos fijados para luchar contra el cambio climático y en favor de la seguridad de abastecimiento mediante la adopción de iniciativas en el ámbito de la eficiencia energética en la edificación.

¿Qué medidas legales ha desarrollado la Unión Europea para conseguir este objetivo?

La Unión Europea publicó una Directiva el año 2002 (que quedará substituida a partir del 1.02.2012 por otra publicada este año 2010) que estableció un conjunto de medidas encaminadas a mejorar el rendimiento energético de los edificios. Entre ellas cabe destacar las siguientes:

  • Requisitos mínimos de eficiencia energética aplicables a los edificios nuevos o los existentes que sean objeto de reformas importantes, del sector residencial y terciario (oficinas, comercios, edificios públicos, etc.).
  • Desarrollo de programas de mejora de la eficiencia energética en los edificios de las administraciones públicas

¿Cómo afectan las medidas relativas a la eficiencia energética de los edificios a las instalaciones técnicas?

La Directiva 2002/91/CE, de 16.12.2002, pretendía fomentar la eficiencia energética de los edificios, teniendo en cuenta las condiciones climáticas exteriores, las características de los locales, los requisitos ambientales interiores y la relación coste-eficacia. Entre otros requisitos estableció:

  • La aplicación de requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios nuevos y de los existentes cuando sean reformados.
  • La certificación energética de edificios, así como la metodología de cálculo correspondiente.
  • La inspección periódica de calderas y sistemas de aire acondicionado de edificios, evaluando el estado de la instalación de calefacción con calderas de más de 15 años.

Recientemente se ha publicado la Directiva 2010/31/UE, de 19-05-2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios, que derogará a partir del 1 de febrero de 2012, la Directiva 2002/91/CE. Cabe destacar los cambios siguientes:

  • Incorpora un apartado específico relativo a los requisitos para las instalaciones técnicas de los edificios cuando se instalen, sustituyan o mejoren. Contempla los equipos siguientes:
    • Calefacción
    • Refrigeración
    • Ventilación
    • Calentamiento del agua
    • luminación de un edificio
  • Elimina el límite de 1.000 m2 de superficie útil total superior para los edificios a los que aplica la directiva.
  • Establece la figura de edificios de consumo de energía casi nulo, que se deberá adoptar a más tardar el 31.12.2020, para todos los edificios nuevos y después del 31.12.2018, para los edificios nuevos que estén ocupados y sean propiedad de autoridades públicas.

¿Qué normativa se ha publicado?

La normativa relativa a estas medidas es la siguiente:

  • Directiva 2010/31/UE, de 19-05-2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. DOUE.L-153, 18-06-2010.
  • Directiva 2002/91/CE de 16-12-2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios. DOCE.L-1, 04-01-2003.

Esta directiva quedará derogada a partir del 1.02.2012 por la Directiva 2010/31/UE.

  • Real Decreto 47/2007, de 19-01-2007, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. BOE.Nº 27, 31-01-2007 (Corrección de errores en el BOE. Nº 276, 17-11-2007).

Este Real Decreto transpone la Directiva 2002/91/CE.

  • Real Decreto 1027/2007, de 20-07-2007, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). BOE.Nº 207. 29-08-2007

Este Real Decreto transpone la Directiva 2002/91/CE.