Publicado: 22 de febrero de 2006
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Del enunciado de la pregunta parece sobreentenderse que el usuario necesita calcular de forma rápida la previsión de cargas de un hotel para poder cubrir el impreso para la Comunidad Autónoma de la Memoria Técnica de Diseño (MTD).
Cuando en el caso de un hotel al tratarse -como nos indica el capítulo 1 de la ITC-BT-28- de un Local de Pública Concurrencia (L.P.C.), lo que es necesario -según el capítulo 3.1 de la ITC-BT-04- es un Proyecto General del edificio.
Dentro de dicho proyecto general, se desarrollará un proyecto de instalación, en el que entre otros datos habrá que recoger la relación nominal de todos los receptores que se pretenda instalar y su potencia y a partir de ahí realizar los cálculos justificativos del diseño de la instalación eléctrica.
Otro punto importante a tener en cuenta y también relacionado con la previsión de cargas es que al tratarse los hoteles de L.P.C. encuadrados dentro de los locales de reunión, si la ocupación prevista supera las 300 personas deberán disponer también de suministro de socorro (+15% del total del suministro normal).
Por último (y al igual que el punto anterior viene reflejado en el capítulo 2.3 de la ITC-BT-28), en aquellos locales singulares, tales como hoteles de más de 300 habitaciones las fuentes propias de energía (grupo electrógeno) deberán poder suministrar la potencia necesaria para atender servicios urgentes indispensables, cuando sean requeridos por la autoridad competente.
Dentro de dicho proyecto general, se desarrollará un proyecto de instalación, en el que entre otros datos habrá que recoger la relación nominal de todos los receptores que se pretenda instalar y su potencia y a partir de ahí realizar los cálculos justificativos del diseño de la instalación eléctrica.
Otro punto importante a tener en cuenta y también relacionado con la previsión de cargas es que al tratarse los hoteles de L.P.C. encuadrados dentro de los locales de reunión, si la ocupación prevista supera las 300 personas deberán disponer también de suministro de socorro (+15% del total del suministro normal).
Por último (y al igual que el punto anterior viene reflejado en el capítulo 2.3 de la ITC-BT-28), en aquellos locales singulares, tales como hoteles de más de 300 habitaciones las fuentes propias de energía (grupo electrógeno) deberán poder suministrar la potencia necesaria para atender servicios urgentes indispensables, cuando sean requeridos por la autoridad competente.