En el anterior REBT y en su hoja de interpretación 12A relativa a ventilación en garajes y talleres de reparación de vehículos, se indicaba que en el caso de "ventilación forzada", ... será suficiente cuando se asegure una renovación mínima de 15m/3 hora.

Publicado: 8 de marzo de 2005 Categoría: Índice

(evidentemente habría que atender la prescripción de la CPI 96 y considerar las 6 renovaciones/hora, que podrían incrementar este volumen). Asimismo se indicaba que "El caudal de ventilación por planta se repartirá, como mínimo entre dos dispositivos o tomas de ventilación independientes". En nuestra comunidad autónoma, P. de Asturias, se interpretó por parte de la Consejería de Industria, que deberían instalarse dos extractores independientes por planta. ¿existe en alguna disposición al respecto en el Nuevo Reglamento E. Para Baja Tensión?. Con que criterio debemos realizar los cálculos. ¿Se deben ventilar los garajes (guarderías de automóviles), con dos extractores por planta?.

En relación con las estaciones de servicio, los garajes y los talleres de
reparación de vehículos, se producen muchas consultas.
Lamentablemente, para este tipo de instalaciones, las cosas estaban más
claras en el REBT 1973 que en REBT actual.

Efectivamente el  REBT 1973, en su Hoja de Interpretación 12A, tiende a
aclarar lo que debe admitirse como "otras aberturas de ventilación", así
como las condiciones de ventilación para que pueda considerarse que está
"suficientemente asegurada", especificadas en la MIE-BT 027.

En el REBT 2002 actualmente en vigor, para este tipo de locales deberá
tenerse en cuenta, básicamente, lo establecido en dos ITC's:
   ITC-BT 28 Instalaciones en Locales de Pública Concurrencia
   ITC-BT 29 Prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas
   de los locales con riesgo de incendio o explosión

A diferencia de la ITC-BT28 en que se ha publicado la revisión de la Guía
Técnica de Aplicación, sigue pendiente la publicación de la Guía
interpretativa de la ITC-BT 29. De todas formas, la consideración de
emplazamiento peligroso, queda sujeta a las consideraciones que pueda hacer
el proyectista.

También será importante la consideración de los requisitos establecidos en
la NBE-CPI/96, en donde se establecen prescripciones relativas a la
ventilación de los locales.

En nuestra opinión y aplicando el principio de "seguridad equivalente",
entendemos que la aplicación de lo establecido en el REBT1973, puede
servirnos de base para la correcta ejecución del proyecto.

De todas formas, no podemos olvidar que la interpretación legal del REBT
corresponde a la "autoridad competente"; normalmente la Consejería de
Industria de la zona en que se ubique la instalación.