Esta Directiva tiene un impacto significativo en el sector eléctrico, ya que la eficiencia energética de los edificios es un componente clave en la reducción del consumo eléctrico y en la promoción de energías renovables. Los profesionales del sector deben estar al tanto de las nuevas normativas y mejores prácticas para implementar soluciones de eficiencia energética en edificios nuevos y existentes.

La nueva Directiva (refundición) tiene por objeto fomentar la mejora de la eficiencia energética de los edificios sitos en la Unión y la reducción de sus emisiones de gases de efecto invernadero, con el fin de lograr un parque inmobiliario de cero emisiones a más tardar en 2050, teniendo en cuenta las condiciones climáticas exteriores, las particularidades locales, las exigencias de calidad ambiental interior y la relación coste-eficacia.
Establece requisitos en relación con:
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el marco común general de una metodología de cálculo de la eficiencia energética integrada de los edificios y de las unidades de un edificio;
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la aplicación de requisitos mínimos de eficiencia energética a edificios nuevos y unidades nuevas de un edificio;
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la aplicación de requisitos mínimos de eficiencia energética a:
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edificios existentes y unidades de un edificio existentes que sean objeto de renovaciones importantes
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elementos de construcción que formen parte de la envolvente del edificio y tengan repercusiones significativas sobre la eficiencia energética de tal envolvente cuando se modernicen o sustituyan
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instalaciones técnicas de los edificios cuando se instalen, sustituyan o mejoren
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la aplicación de normas mínimas de eficiencia energética a edificios existentes y a unidades de un edificio existentes, de conformidad con los artículos 3 y 9;
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el cálculo y la divulgación del potencial de calentamiento global a lo largo del ciclo de vida de los edificios;
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la energía solar en los edificios;
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los pasaportes de renovación;
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los planes nacionales de renovación de edificios;
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las infraestructuras de movilidad sostenible en los edificios y adyacentes a estos;
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los edificios inteligentes;
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la certificación de la eficiencia energética de los edificios o las unidades de un edificio;
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la inspección periódica de las instalaciones de calefacción, de ventilación y de aire acondicionado de edificios;
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los sistemas de control independientes de los certificados de eficiencia energética, de los pasaportes de renovación, de los indicadores de preparación para aplicaciones inteligentes y de los informes de inspección;
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el rendimiento de la calidad ambiental interior de los edificios.
Los requisitos que establece son requisitos mínimos y no impedirán que ningún Estado miembro mantenga o introduzca medidas más estrictas.
Geográfico: Unión Europea
Fechas: Entrada en vigor: 28-05-2024
Más información: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L_202401275