El nuevo Plan de Vivienda 2005-2008, aprobado el pasado mes de julio, establece la obligatoriedad de instalar equipos de energía solar térmica en las nuevas viviendas protegidas que se construyan. Si no se instalan estos paneles o sistemas de ahorro energético, la vivienda no obtendrá la clasificación de protegida. Además, el Plan establece ayudas y subvenciones para la adecuación de las instalaciones de las viviendas con más de 15 años de antigüedad a las nuevas normativas.
Dentro de las medidas del nuevo Plan de vivienda 2005-2008 destaca el eje estratégico que se fundamenta en la sostenibilidad. En este caso, la medida más interesante es la obligatoriedad de instalar equipos de energía solar térmica en las nuevas viviendas protegidas que se construyan. Si no se instalan estos paneles o sistemas de ahorro energético, la vivienda no obtendrá la clasificación de protegida.
Esta disposición demuestra la apuesta decidida del Gobierno por el ahorro energético y en concreto, para la implantación masiva de las energías alternativas, lo que afecta especialmente a la instalación de paneles fotovoltaicos. De esta forma, el nuevo Plan de Vivienda se suma a las ordenanzas que obligan a este tipo de instalaciones, ya vigentes en Madrid, Barcelona y otras ciudades españolas.
En esta línea, el Gobierno tiene previsto aprobar en agosto un nuevo Plan de Energías Renovables para el período 2005-2010, con objeto de que, al acabar este plan, un mínimo del 12 % de la demanda total de la energía primaria sea cubierta por energías alternativas. En 2010, la energía eléctrica generada por dichas fuentes debería alcanzar el 29,4 % del consumo nacional bruto de electricidad. El Gobierno ha justificado este nuevo Plan por la falta de cumplimiento del anterior Plan de Fomento de Renovables en cuanto a la energía solar y la biomasa, que se hallan aún muy por debajo del ritmo de crecimiento previsto.
Adaptar instalaciones a la normativa
Por otra parte, el nuevo Plan de Vivienda establece ayudas y subvenciones para la rehabilitación de viviendas y edificios que tengan por objeto, entre otras mejoras, la disminución de la demanda energética, incluyendo el aumento del rendimiento de las instalaciones térmicas. Estas ayudas se pueden aplicar a viviendas protegidas con una antigüedad superior a 15 años y en los que las obras a realizar tengan por objeto “adaptar las instalaciones a la normativa técnica aplicable”, siempre que esta última haya entrado en vigor con posterioridad a la terminación de la vivienda. Cuando se trate de edificios a rehabilitar, las ayudas sólo se aplicarán cuando el edificio tenga como mínimo un 50 % de su superficie útil existente destinada a viviendas o como resultante de dichas obras.
Finalmente, el Plan establece un programa de mejora de la calidad y la sostenibilidad de los edificios de viviendas protegidas de nueva construcción, con ayudas a los promotores que incorporen experiencias innovadoras en este campo.
Presentación del nuevo plan de vivienda