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BOE: Precios del producto e impuestos especiales aplicables a la hulla, fuel oil, diesel oil, y gasoil del primer semestre de 2021, a aplicar en la liquidación de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.
Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios del producto e impuestos especiales aplicables a la hulla, fuel oil, diesel oil, y gasoil del primer semestre de 2021, a aplicar en la liquidación de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.
El Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
La disposición transitoria tercera del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, establece la determinación del precio de combustible hasta la entrada en vigor de la orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en la que se definan los componentes del precio de cada uno de los combustibles fósiles utilizados y la metodología para la determinación de dicho precio definida en el artículo 40.5 del real decreto. (Ver PDF)