El nuevo Plan de Vivienda 2005-2008, aprobado el pasado mes de julio, establece la obligatoriedad de instalar equipos de energía solar térmica en las nuevas viviendas protegidas que se construyan. Si no se instalan estos paneles o sistemas de ahorro energético, la vivienda no obtendrá la clasificación de protegida. Además, el Plan establece ayudas y subvenciones para la adecuación de las instalaciones de las viviendas con más de 15 años de antigüedad a las nuevas normativas.
Dentro de las medidas del nuevo Plan de vivienda 2005-2008
destaca el eje estratégico que se fundamenta en la sostenibilidad. En este caso,
la medida más interesante es la obligatoriedad de instalar equipos de energía
solar térmica en las nuevas viviendas protegidas que se construyan. Si no se
instalan estos paneles o sistemas de ahorro energético, la vivienda no obtendrá
la clasificación de protegida.
Esta disposición demuestra la apuesta decidida del Gobierno
por el ahorro energético y en concreto, para la implantación masiva de las energías
alternativas, lo que afecta especialmente a la instalación de paneles fotovoltaicos.
De esta forma, el nuevo Plan de Vivienda se suma a las ordenanzas que obligan
a este tipo de instalaciones, ya vigentes en Madrid, Barcelona y otras ciudades
españolas.
En esta línea, el Gobierno tiene previsto aprobar en agosto
un nuevo Plan de Energías Renovables para el período 2005-2010, con objeto de
que, al acabar este plan, un mínimo del 12 % de la demanda total de la energía
primaria sea cubierta por energías alternativas. En 2010, la energía eléctrica
generada por dichas fuentes debería alcanzar el 29,4 % del consumo nacional
bruto de electricidad. El Gobierno ha justificado este nuevo Plan por la falta
de cumplimiento del anterior Plan de Fomento de Renovables en cuanto a la energía
solar y la biomasa, que se hallan aún muy por debajo del ritmo de crecimiento
previsto.
Adaptar instalaciones a la normativa
Por otra parte, el nuevo Plan de Vivienda establece ayudas
y subvenciones para la rehabilitación de viviendas y edificios que tengan por
objeto, entre otras mejoras, la disminución de la demanda energética, incluyendo
el aumento del rendimiento de las instalaciones térmicas. Estas ayudas se pueden
aplicar a viviendas protegidas con una antigüedad superior a 15 años y en los
que las obras a realizar tengan por objeto “adaptar las instalaciones a la normativa
técnica aplicable”, siempre que esta última haya entrado en vigor con posterioridad
a la terminación de la vivienda. Cuando se trate de edificios a rehabilitar,
las ayudas sólo se aplicarán cuando el edificio tenga como mínimo un 50 % de
su superficie útil existente destinada a viviendas o como resultante de dichas
obras.
Finalmente, el Plan establece un programa de mejora de la calidad
y la sostenibilidad de los edificios de viviendas protegidas de nueva construcción,
con ayudas a los promotores que incorporen experiencias innovadoras en este
campo.

Presentación del nuevo plan de vivienda