En la delegación de industria de Almería me dicen que hay que instalar un limitador de sobre tensiones en una instalación de acuerdo a lo que dictan las normas de Sevillana Endesa. ¿Donde podría conseguir estas normas?
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Las normas particulares y condiciones técnicas de seguridad 2005 de Sevillana Endesa, describen en su Capítulo II, las características de las acometidas e instalaciones de enlace en Baja Tensión. Se incluye el archivo correspondiente:
En el BOJA (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía) del pasado 07/06/2005, se publicó la RESOLUCION de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las Normas Particulares y Condiciones Técnicas y de Seguridad de la empresa distribuidora de energía eléctrica, Endesa Distribución SLU, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En la pag 113 del mencionado BOJA se reproduce el mismo contenido que figura en el apartado 8.2 Composición y características de los cuadros de la norma de Sevillana Endesa: Los dispositivos generales de mando y protección serán como mínimo:
Un interruptor general de corte omnipolar, que permite su accionamiento manual y que este dotado de elementos de protección contra sobrecarga y cortocircuitos. Este interruptor será independiente del interruptor de control de potencia.
Un interruptor diferencial general, destinado a la protección contra contactos indirectos de todos los circuitos, salvo a la protección contra contactos indirectos se efctúe mediante dispositivos de acuerdo con la ITC-BT-24 del RBT.
Dispositivo de corte omnipolar, destinados a la protección contra sobrecargas y cortocircuitos de cada uno de los circuitos interiores de la vivienda o local.
Dispositivo de protección contra sobretensiones segun el ART. 16 del RBT, siendo opcional para el titular de instalación el que sea con reconexión automática al establecerse las condiciones normales de servicio.
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