Ficheros descargables

SI3 - Evacuación (159 Kb)

Terminologia DB SI - Seguridad en caso de Incendio (138 Kb)

Protección de las escaleras

 
En la tabla 5.1 se indican las condiciones de protección que deben cumplir las escaleras previstas para evacuación.


(1) Las escaleras que sirvan a diversos usos cumplirán en todas las plantas las condiciones más restrictivas de las correspondientes a cada uno de ellos. Cuando un establecimiento contenido en un edificio de uso Residencial Vivienda no precise constituir sector de incendio conforme al capítulo 1 de la Sección 1 de este DB, las condiciones exigibles a las escaleras comunes son las correspondientes a dicho uso.

(2) Las escaleras que comuniquen sectores de incendio diferentes pero cuya altura de evacuación no exceda de la admitida para las escaleras no protegidas, no precisan cumplir las condiciones de las escaleras protegidas, sino únicamente estar compartimentadas respecto a dichos sectores con elementos cuya resistencia al fuego sea la que se establece en la tabla 1-2 de SI para los elementos delimitadores de los sectores de incendio.

(3) Cuando se trate de un establecimiento con menos de 20 plazas de alojamiento se podrá optar por instalar un sistema de detección y alarma como medida alternativa a la exigencia de escalera protegida.

Terminología citada

Altura de evacuación

Edificio

Establecimiento

Resistencia al fuego

Sector de incendio

Uso Residencial Vivienda